EL  I.B.I. Y EL BARRIO DE BELLAMAR

 

Los costes de la vivienda castigan cada vez más las finanzas familiares. Por un lado la hipoteca que no para de subir por los tipos de interés y por otro el I.B.I. que se está incrementando de una forma alarmante. Por desgracia, los ingresos no suben a este ritmo.

 

El Impuesto sobre los Bienes Inmuebles (I.B.I.), también llamado “la Contribución”, es un tributo que grava la titularidad de los bienes inmuebles de cada municipio.

 

Al día de hoy constituye la principal fuente de ingresos impositivos de los ayuntamientos, representando más de la mitad del total de ingresos. Es decir un ayuntamiento podrá ofrecer tantos más servicios e inversiones para sus ciudadanos, como más altos sean los ingresos por dicho impuesto. Sin embargo no todos los ciudadanos pagan lo mismo, pues depende del valor asignado a la vivienda, normalmente terreno más casa (construcción). Este valor se determina por el Catastro.

 

Los ciudadanos del barrio de Bellamar pagamos una cuota I.B.I. muy elevada, que además esta subiendo desmesuradamente en los últimos años y que seguirá subiendo, si no hacemos nada. Por el contrario los servicios e inversiones que recibimos en el barrio de Bellamar son mínimos, fruto más de las quejas que de la voluntad de los gobernantes del municipio.

 

Las quejas sobre lo que pagamos los vecinos a la Asociación son continuas y merecen un estudio y una reflexión conjunta. Con esta intención a continuación desarrollamos primeramente una explicación para entender el complicado recibo del I.B.I , seguidamente efectuamos comparaciones con lo pagado por este impuesto en los diferentes barrios del municipio, a nivel global y particular de cada propietario, y  finalmente  trataremos de comparar lo que  invierte el ayuntamiento en cada barrio, con lo que ingresa del mismo.

 

Vayamos a la primera parte y analicemos el impuesto:

 

¿Que es el I.B.I?

Es un impuesto que grava la propiedad de los bienes inmuebles ya sean rústicos o urbanos. Su carácter es municipal y se devenga al inicio de cada año.

 

 ¿Quién es el sujeto pasivo del impuesto?

Es la persona física o jurídica propietaria del inmueble el día primero de cada año. En su caso, el titular del derecho real de usufructo, de superficie o de concesión. Existen determinados bienes exentos, como por ejemplo los de propiedad del ayuntamiento.

En los arrendamientos, lo habitual es que corra a cargo del propietario.

¿Cuál es la base imponible?

 

La base imponible es la cuantía sobre la que se calcula el impuesto y proviene del valor catastral del inmueble. Puede ser solo del terreno o suelo, o del terreno y la construcción para las casas y pisos.

 

¿Cómo se obtiene el valor catastral?

A través de las valoraciones colectivas de carácter general que se efectúan periódicamente en los municipios, atendiendo a las valoraciones del mercado, número de habitantes, a la inflación, a las variaciones del planeamiento urbanístico, cambios en la clasificación del suelo o su edificabilidad, etc. En el caso de Bellamar el catastro se finalizó en 2005 y por lo tanto los nuevos valores se aplican a partir del 1º de enero del 2006. Es decir nos está influyendo en la cantidad a pagar en este año. Es pretensión del gobierno socialista que cada vez los alcaldes tengan más protagonismo en la fijación de estos valores, atendiendo a diversas circunstancias, para establecer un valor de referencia que intentará reflejar el valor del mercado, pero que nunca podrá sobrepasarlo. Esto representa una arbitrariedad clara en las preferencias de los alcaldes o equipo de gobierno para “castigar” más una zona que otra, según su criterio o encaje político.

 

La ley reguladora de las haciendas locales establece una reducción en los valores catastrales nuevos, permitiendo aplicar el nuevo valor en 10 años a razón de ir incrementando una décima parte cada año. El año 2006 es el primero de los 10 años y por ello la reducción del incremento catastral es de un 90%. Para el año 2007 se reducirá solo en un 80% y así sucesivamente hasta alcanzar el nuevo valor catastral sin reducciones al cabo de los 10 años. Antes de los 10 años es de suponer habrá habido otra revisión catastral y por lo tanto este sistema de cálculo deberá complementarse con los nuevos valores.

 

¿Cómo se obtiene la cuota a pagar?

Depende del valor catastral antes aludido que es la base imponible y del tipo de gravamen coeficiente impositivo. La cuota a pagar es la multiplicación de ambos. En algunos casos existen bonificaciones, como por ejemplo en las VPO.

 

Este tipo de gravamen, en su mínimo y en su máximo está marcado por la ley de Reforma Reguladora de las Haciendas Locales del año 2002, que establece un máximo del 1,10 por ciento y un mínimo del 0,4%.

 

En el año 2005 el Ayuntamiento de Castelldefels aplicó a los bienes de naturaleza urbana un 0,9%, lo que influyó en los aumentos de alrededor del 20% que tuvimos que soportar todos los ciudadanos. A la vista del aumento del catastro o base imponible, para este año 2006 el tipo de gravamen se ha fijado en un 0,8%. Aún con esta rebaja estamos muy cerca del tipo máximo.

 

A la vista de estos números cada convecino debería revisar su cuota de este año y comprobar la variación respecto a la del año anterior. En la mayoría de los casos la diferencia debería ser muy pequeña. Esperemos que nuestro alcalde sea sensible socialmente con el tipo de gravamen para 2007 y lo rebaje en la misma proporción que se ha hecho en este año 2006, para compensar el aumento del valor catastral.

 

¿Qué ocurre a nivel general con las cuotas?

Las cuotas del impuesto en Barcelona, para una misma vivienda y familia de clase media, son las más caras de España. Aproximadamente el doble que las que paga un ciudadano de Madrid. Cuadriplica a la de Burgos que es la que tiene el tipo más bajo. La brecha se ha ido agrandando en los últimos años. La mayoría de municipios de Barcelona son de los más caros. Castelldefels es un ejemplo.

 

Según expertos fiscalizas, muchos municipios, desgraciadamente, efectúan un encaje de bolillos entre los gastos e inversiones a efectuar y prueban diferentes tipos de gravamen a aplicar a las bases o valores catastrales, hasta encontrar un nivel de ingresos que equilibre. El poder adquisitivo del ciudadano queda al margen. De este modo se entiende que algunos ayuntamientos incrementen en un determinado año el tipo impositivo hasta un 30% y en otros apenas lo modifiquen. Esperemos no sea este el sistema de nuestro municipio.

 

¿Cuales son las dudas sobre lo que nos puede ocurrir en los próximos años?

  1. Que al ir aplicando a la base un 10% de aumento de la diferencia del nuevo valor catastral no lo compensen con un menor tipo de gravamen como se ha hecho en el 2006.
  2. Que dentro de pocos años se vuelva a revisar el catastro y aumentarlo.
  3. Que los alcaldes influyan más en los valores catastrales, acercándolos más a los valores reales de mercado, aplicando valores de referencia en lugar de los valores catastrales, a su criterio, o bien aplicando tipos diferentes de gravamen en función de la tipología de la zona urbana, o por cualquier otro sistema que se inventen, con objeto de incrementar los ingresos locales.

 

Los sufridos ciudadanos de Castelldefels y del barrio de Bellamar en nuestro caso, colmados ya de impuestos, debemos estar al acecho de cualquier intento de incrementar todavía más las cuotas del I.B.I.

En realidad y en justicia, el incremento del valor de los inmuebles se detecta al enajenarlos y en ese momento ya existen otro tipo de impuestos para que la hacienda pública participe de ese incremento, plusvalía o beneficio. En realidad el que un propietario siga viviendo en su misma casa, y porque cada año según el mercado ésta cueste más, no tiene nada que ver con que tenga que ir pagando incrementos desorbitados de este impuesto como está ahora sucediendo, ya que esas plusvalías no las materializa. En realidad paga por una plusvalía “virtual”. Todo esto ocurre porque el impuesto que nos grava la plusvalía al vender, I.R.P.F., es de carácter básicamente estatal, y en cambio el I.B.I. es de carácter municipal, y cada organismo público quiere incrementar sus ingresos, sin pararse a contemplar al sufrido ciudadano, que recibe impuestos por todos los lados. No olvidemos que además del I.B.I. los municipios, por el tema inmuebles, ingresan el Impuesto de Plusvalía Municipal, el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras y otras tasas como la de Basuras, Vados, etc.

 

Vayamos a la segunda parte y analicemos comparativamente el I.B.I. en Bellamar:

 

Ahora que ya hemos visto de donde viene  la cuota del I.B.I que  cada año liquidamos y sabiendo que es la principal fuente de ingresos de nuestro ayuntamiento, conviene plantearnos como contribuimos los vecinos del barrio de Bellamar a las arcas municipales por este impuesto y que recibimos  en inversiones  del ayuntamiento. En este sentido solicitamos al área de hacienda del ayuntamiento el padrón de este impuesto por barrios y cuota líquida a ingresar en 2005. Con esta información dedujimos el pago medio de cada familia o inmueble en nuestro barrio, en comparación con otros barrios. (Al final de este análisis, figura el cuadro con los datos del IBI facilitado por el Ayuntamiento.

 

Del mismo podemos concluir:

1.     Dejando al margen la zona industrial y la zona universitaria, que no son comparables, los vecinos que más pagan, por orden, son los de Can Roca (aunque solo son 248), Montemar y Bellamar.

2.     Los barrios que menos contribuyen, por orden, son Vista Alegre, Canyars, Castell y Muntanyeta.

 

Cada uno debe sacar sus propias conclusiones, sin olvidar la justicia contributiva a favor de ciertos barrios, en teoría con vecinos menos pudientes, pero sin olvidar tampoco que este impuesto no tiene en cuenta la capacidad de pago de cada propietario, por lo que para un mismo inmueble de cualquier barrio, paga igual un parado, un jubilado o un empleado con altos ingresos. Este impuesto con las elevadas cuotas que está alcanzando, puede llegar a imponer el efecto ”expulsión”, al obligar a algunos vecinos a venderse su vivienda (aunque realicen plusvalías) y cambiar de barrio, porque los elevados impuestos a la misma no le permitan seguir viviendo donde siempre.

 

Y finalmente vayamos a la tercera parte y veamos lo que nos devuelve el ayuntamiento:

 

Otra cuestión son las inversiones del ayuntamiento en los diferentes barrios, que deberían ser, cuanto menos paralelas o iguales, entre los barrios que más pagan y los que menos. Pagar más y recibir pocas o nulas inversiones, cuando se está necesitado de cuestiones básicas como alcantarillado etc., es algo que cuesta de entender. No nos olvidemos que cuando se ha intentado planificar inversiones de reurbanización en nuestro barrio, el ayuntamiento nos ha solicitado unas Contribuciones Especiales tan desorbitadas, que no hemos podido realizarlas todavía. Entonces: ¿Para que está sirviendo nuestro alto pago por I.B.I.? ¿Somos ciudadanos de segunda? Esperamos más de nuestras autoridades municipales y de su sensibilidad distributiva.

 

Para precisar todo lo anterior, y demostrar con números lo que sucede en nuestro barrio, con fecha 29 de septiembre del 2006, hemos solicitado al área de hacienda del Ayuntamiento, una relación de las Inversiones (de cualquier tipo) realizadas en 2005 y las previstas para 2006, para cada uno de los barrios de Castelldefels. A la hora de escribir estos comentarios no hemos recibido todavía la contestación, por lo que no podemos completar el informe como estaba previsto.

 

Cuando dispongamos de esta información, efectuaremos las comparaciones oportunas y podremos obtener conclusiones más definitivas sobre el I.B.I. y nuestro querido barrio. Seguiremos informando.